Celular: 932 493 730
Fijo: 0800 - 49489
Celular: 968179407
Celular: 969338910
Celular: 932 493 730
Correo electrónico: caecv@concar.com.pe
Av. Paseo de la República 4675, Lima.
La Concesión de la carretera que une el Empalme 1B con los poblados de Buenos Aires y Canchaque, fue adjudicada a la empresa Graña y Montero S.A.A. en noviembre del 2006, dentro del Programa Costa – Sierra, firmándose el Contrato de Concesión el 7 de febrero del 2007. Con una longitud de 77 kilómetros atraviesa parte de las provincias piuranas de Morropón y Huancabamba con rangos altitudinales que van desde los 127 msnm a los 1,198 msnm.
La carretera recorre el ecosistema del bosque seco tropical, algunos valles agrícolas y espectaculares agrupaciones boscosas de ceibos y orquídeas, antes de entrar en los últimos contrafuertes de la cordillera andina, exuberantes en vegetación, que nos introducen en la pequeña y acogedora localidad de Canchaque.
OSITRAN, mediante resolución de Consejo Directivo Nro. 025-2009-CD/OSITRAN, aprobó la Tarifa aplicable para el uso de la infraestructura vial para los tramos Empalme 1B – Buenos Aires – Canchaque. El Contrato de Concesión, a través de las disposiciones contenidas en la cláusula Nro. 9.8, faculta a Concesión Canchaque S.A.C. realizar el cobro de la Tarifa. Para el año 2021, la Tarifa por peaje y por eje es de dos soles con 70/100 Soles (S/ 2.70), monto que incluye el IGV. El siguiente cuadro detalla el importe de la Tarifa por tipo de vehículo. (*) Categoría M1 y N1 y los remolques incluidos en la categoría 01 y 02, según DS N° 058-2003-MTC. Respecto a la categoría M2, su mención se encuentra comprendida sólo en los Vehículos Ligeros por indicación expresa de OSITRAN.
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(Decreto Ley 22467, Ley 24423 y Leyes y Disposiciones Aplicables) |
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Concesión Canchaque S.A.C. brinda a sus usuarios, en forma gratuita, los siguientes servicios: |
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El cobro de la Tarifa será por el uso de los tramos viales Empalme 1B – Buenos Aires –Canchaque, lo que implica que se cobrará al Usuario de la carretera que no se encuentre exento de pago.
Cada vehículo ligero pagará una Tarifa.
Cada vehículo pesado pagará una Tarifa por cada eje.
Se exigirá el pago de la Tarifa a cada Usuario no exento que utilice los tramos viales Empalme 1B – Buenos Aires – Canchaque, de acuerdo a la categoría de vehículo, de conformidad con la Tarifa especificada en el cuadro precedente.
La Tarifa, las condiciones para su aplicación y pago, así como los servicios brindados, se aplican y se prestan conforme a lo establecido en el Contrato de Concesión.
Resolución de OSITRAN autorizando difusión del Reglamento |
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Reglamento OSITRAN |
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Reglamento de Atención de Reclamos |
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Procedimiento de Atención de Reclamos |
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Procedimiento para interponer reclamos |
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Flujograma de procedimientos de atención de reclamos |
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Relación de los medios probatorios que pueden actuarse para la solución de los reclamos |
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Requisitos para interponer reclamos |
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Oficinas de atención al usuario |
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Formulario de Reclamos |
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Formulario |
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Formulario: Libro de reclamos y sugerencias |
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Reclamos |
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Reglamento de Usuarios |